{"id":14985,"date":"2013-09-09T18:55:28","date_gmt":"2013-09-09T23:55:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.ambiente.gob.ec\/?p=14985"},"modified":"2013-09-09T18:55:28","modified_gmt":"2013-09-09T23:55:28","slug":"mae-suspendio-temporalmente-la-acreditacion-del-municipio-de-guayaquil-como-autoridad-ambiental-de-aplicacion-responsable","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ambienteyenergia.gob.ec\/ambiente\/mae-suspendio-temporalmente-la-acreditacion-del-municipio-de-guayaquil-como-autoridad-ambiental-de-aplicacion-responsable\/","title":{"rendered":"MAE suspendi\u00f3 temporalmente la Acreditaci\u00f3n del Municipio de Guayaquil, como Autoridad Ambiental de Aplicaci\u00f3n responsable"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">A partir de hoy, y por un periodo de 15 d\u00edas, el Municipio de Guayaquil no podr\u00e1 realizar actividades como Autoridad Ambiental de Aplicaci\u00f3n responsable (AAAr) ante el Sistema \u00danico de Manejo Ambiental (SUMA). Esta resoluci\u00f3n fue tomada por el Ministerio del Ambiente (MAE), luego de una auditor\u00eda de gesti\u00f3n realizada al Cabildo durante la cual se encontraron \u00ab34 No Conformidades mayores (NC+),\u00a0 cuatro No Conformidades menores (NC-) y seis\u00a0 observaciones en los\u00a0 procesos de regularizaci\u00f3n ambiental y control, seguimiento y monitoreo que ha realizado este Cabildo entre abril de 2011 y abril de este a\u00f1o\u00bb. Es decir, el Cabildo varias observaciones en su gesti\u00f3n ambiental.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Entre las principales \u00a0No Conformidades Mayores: se encuentra la emisi\u00f3n de ordenanzas para las actividades Miner\u00eda y Estaciones Bases Celulares, que no tienen concordancia con la normativa ambiental nacional. Tambi\u00e9n se evidenci\u00f3 la aprobaci\u00f3n de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), sin el previo\u00a0 proceso de Participaci\u00f3n Social y no solicitar \u00a0Certificados de Intersecci\u00f3n antes de la \u00a0aprobaci\u00f3n de los t\u00e9rminos de referencia, para la elaboraci\u00f3n de EsIA.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, se han emitido licencias ambientales a proyectos, que no tienen competencias ambientales, especialmente lo relacionando con productos qu\u00edmicos peligrosos. Seg\u00fan la auditor\u00eda realizada, el Cabildo no ha \u00a0concluido\u00a0 procesos de manejo de denuncias por contaminaci\u00f3n ambiental, ni ha realizado un efectivo control y seguimiento a los proponentes que obtuvieron permisos ambientales, especialmente, las actividades que descargan desechos l\u00edquidos al Estero Salado, entre otras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Durante el tiempo de suspensi\u00f3n, la Municipalidad Guayaquile\u00f1a deber\u00e1 presentar las justificaciones y documentaci\u00f3n ampliatoria con los sustentos t\u00e9cnicos de soporte, \u00a0para el cierre de las No Conformidades Mayores, Menores y Observaciones que no han sido subsanadas mediante el Plan de Acci\u00f3n presentado ante el MAE. Adem\u00e1s, no podr\u00e1 ejercer ninguna de las facultades que le fueron concedidas mediante la Resoluci\u00f3n de Acreditaci\u00f3n No. 383 del 19 de abril del 2011, por un per\u00edodo de cuatro a\u00f1os, el cual vence el 19 de abril del 2015. \u00a0En caso de hacerlo, ser\u00e1 sancionado por el incumplimiento de \u00e9sta disposici\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los tr\u00e1mites que ingresen los proponentes para la regularizaci\u00f3n ambiental, deber\u00e1n ser remitidos a la Direcci\u00f3n Provincial del Ambiente del Guayas, para su revisi\u00f3n y pronunciamiento respectivo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Auditor\u00eda Ambiental<br \/>\n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Estas<strong> <\/strong>No<strong> <\/strong>Conformidades y Observaciones<strong>, <\/strong>fueron detectadas tras una Auditor\u00eda de Gesti\u00f3n que esta Cartera de Estado, como m\u00e1xima Autoridad Ambiental del pa\u00eds, \u00a0realiz\u00f3 entre el \u00a06 y el \u00a010 de mayo de 2013. Todas las instancias\u00a0 registradas como &#8216;Autoridad Ambiental de Aplicaci\u00f3n responsable&#8217; est\u00e1n sujetas a este tipo de auditor\u00edas que se realizan de manera peri\u00f3dica \u00a0para velar por el mejoramiento continuo del Sistema \u00danico de Manejo Ambiental, seg\u00fan lo estipulado en el Acuerdo Ministerial No. 068 del 18 de junio del 2013 y \u00a0la Resoluci\u00f3n de Acreditaci\u00f3n <strong>No. <\/strong>383 del 19 de abril del 2011.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como lo determina la normativa ambiental, el MAE ofici\u00f3 al Municipio de Guayaquil, comunicando el inicio de la auditor\u00eda, con 15 d\u00edas de anticipaci\u00f3n, adem\u00e1s, se remiti\u00f3 el respectivo informe borrador, para que el Cabildo presente\u00a0 la justificaci\u00f3n de las No Conformidades y Observaciones, \u00a0encontradas. Para ello, el Municipio cont\u00f3 con un per\u00edodo de 15 d\u00edas, a partir del 6 de julio de este a\u00f1o, pero no lo hizo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El MAE, remite el Informe Definitivo de Auditor\u00eda con oficio No. MAE-SCA-2013-1395 del 02 de julio del 2013; el mismo que fue contestado por el Municipio de Guayaquil, el 02 de agosto de 2013 con oficio No. AG-2013-22892, pero se mantiene las No conformidades Mayores, Menores y Observaciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfQu\u00e9 es la Acreditaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Acreditaci\u00f3n es una delegaci\u00f3n que otorga la Autoridad Ambiental Nacional, a una Autoridad Ambiental de Aplicaci\u00f3n responsable (AAAr), que cuentan con los elementos y cumpla con los requisitos m\u00ednimos de un Subsistema de Evaluaci\u00f3n de Impactos Ambientales, el cual debe guardar concordancia con las pol\u00edticas emitidas por la autoridad ambiental nacional, para que puedan emitir permisos ambientales para los proyectos, obras o actividades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfC\u00f3mo se otorga la acreditaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las autoridades ambientales de aplicaci\u00f3n determinadas en la Ley, que cuentan con los elementos y cumplan con los requisitos necesarios para acreditar un sub-sistema de manejo ambiental, podr\u00e1n solicitar a la autoridad ambiental nacional, la acreditaci\u00f3n ante el SUMA, siempre que el subsistema propuesto se ajuste a los par\u00e1metros previstos en el citado Acuerdo Ministerial <strong>No. 068 de 18 de junio de 2013, publicado en el R. O. No. 33 de 31 de julio de 2013<\/strong>, as\u00ed como con la normativa ambiental aplicable.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p class=\"excerpt\">A partir de hoy, y por un periodo de 15 d\u00edas, el Municipio de Guayaquil no podr\u00e1 realizar actividades como Autoridad Ambiental de Aplicaci\u00f3n responsable (AAAr) ante el Sistema \u00danico de Manejo Ambiental (SUMA). 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