La Norma para el Uso, Manejo y Aprovechamiento Sostenible de Productos Forestales no Maderables (PFNM)

En atención a las disposiciones establecidas en la legislación ambiental ecuatoriana, en particular a las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Código Orgánico del Ambiente, corresponde a la Autoridad Ambiental Nacional emitir la política ambiental nacional, así como establecer los lineamientos, directrices, normas y mecanismos de control y seguimiento orientados a la conservación, uso sostenible y restauración de la biodiversidad y el patrimonio natural.

El artículo 116 del mencionado Código establece que: “Se conservarán y aprovecharán sosteniblemente los productos forestales no maderables provenientes de ecosistemas naturales y antropogénicos. Las actividades de aprovechamiento comercial, movilización, acopio, transformación, exportación y comercialización requerirán de una autorización administrativa, según corresponda. Se requerirá que se registren los predios donde se realice el aprovechamiento de estos productos. Para el caso de las exportaciones, adicionalmente se deberá cumplir con lo estipulado en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado.

La Autoridad Ambiental Nacional establecerá lineamientos sobre la conservación y el manejo sostenible de los productos forestales no maderables en base al conocimiento científico, conocimiento tradicional y según la diversidad, endemismo, vulnerabilidad y sensibilidad de las especies

En este contexto, el Ministerio del Ambiente y Energía, en cumplimiento de lo dispuesto en el Código Orgánico del Ambiente y su Reglamento, se encuentra elaborando: “La Norma para el Uso, Manejo y Aprovechamiento Sostenible de Productos Forestales no Maderables (PFNM)”.

Con el objetivo de asegurar una amplia participación de las partes interesadas – personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que desarrollen actividades relacionadas con el uso, manejo, y aprovechamiento sostenible de los PFNM, así como representantes del sector público, organismos de cooperación internacional, organizaciones no gubernamentales, consultores y la sociedad civil en general – esta cartera de Estado invita a la ciudadanía a contribuir con esta propuesta de Acuerdo Ministerial mediante el envío de observaciones y comentarios al documento.

Para acoger los aportes al acuerdo se ha habilitado los siguientes correos:

miriam.moposita@ambienteyenergia.gob.ec y leonardo.ayala@ambienteyenergia.gob.ec

El proceso estará abierto desde el 3 de junio al  10 de junio de 2026.

Descargue la propuesta y remita sus comentarios para fortalecer el instrumento normativo: